Por Jorge Manrique, Rector del Colegio Jurista y director general de Gobierno de Calidad, consultoría de políticas públicas.
El metaverso reconfigura diversas ramas del Derecho.
La más obvia tiene que ver con la propiedad intelectual e industrial, pero si se consideran las transacciones económicas revoluciona el panorama del Derecho mercantil.
Más aún: esta tecnología impacta de manera directa el Derecho penal por los casos en que se vulneran la identidad e integridad digital. Existe un caso documentado en Reino Unido, por ejemplo, donde una usuaria denunció que su avatar fue agredido por tres avatares masculinos e incluso violaron a su alias en imagen en el juego Meta Horizon Worlds.
La realidad virtual hace que la mente y el cuerpo no logren diferenciar las experiencias digitales de las reales.
El desafío ahora es desarrollar el concepto de identidad digital para admitir que los avatares, como alter ego virtual de una persona o empresa real, puedan negociar e incluso delinquir. En este caso es necesario sentar las bases de una legislación que algunos ya denominan metalaw y que irá construyéndose a golpe de los casos que sucedan en el nuevo mundo virtual.
Así, el Código Penal será trasladable a los delitos que pueden cometerse a través de las nuevas tecnologías, como los sexuales, contra el honor o la integridad moral, o estafas y delitos patrimoniales. En todo caso, la víctima se encontrará con las dificultades habituales de prueba y de enjuiciar al autor si no tiene residencia en México.
Por tanto, el régimen aplicable a los metaversos que se manifiestan en productos y servicios tecnológicos son los actos mercantiles. La única limitación que éstos exponen son las normas de orden imperativo y lo concerniente al abuso del derecho. Se trata del ejercicio de la autonomía privada y el reconocimiento que el derecho otorga al principio “lo pactado obliga”, que sólo encuentra limitaciones en asuntos de interés público.
El metaverso se introducirá en nuestras relaciones humanas en sus diferentes campos como el Derecho. Por ello se deben regular los fenómenos tecnológicos, naturales, sociales y económicos. El legislador debe tener la suficiente visión de futuro para tener ordenamientos jurídicos actualizados para proteger a los ciudadanos.
El metaverso es el siguiente paso en la evolución social y tecnológica. El derecho no puede quedarse atrás como algo doctrinario que sirva a intereses básicos, sino que deberá monitorizar la sociedad para generar marcos protectores, ordenadores y vertebradores que establezcan normas de convivencia social básica.
Impedir conductas sociales y jurídicamente desviadas requieren el criterio legislativo y la adecuada capacitación de la policía cibernética ante el reto de la investigación de los delitos dentro del ciberespacio.
La detección, análisis y generación de leyes en la realidad aumentada implica un avance sustancial de las ciencias jurídicas y criminológicas. El futuro ya está aquí y reconfigura el marco legal de nuestros mundos virtuales y físicos.
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