El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México, concedió un amparo al abogado Juan Collado Mocelo, donde ordena a un juez de control, reponer el proceso que se inició en su contra en 2020 de fraude específico.
El fallo revoca la sentencia del Juzgado Decimoprimero de Distrito de Amparo en Materia Penal, quien el año pasado le negó la protección de la justicia federal contra el auto de vinculación a proceso que se le dictó en septiembre de 2020 y le impuso como medida cautelar prisión preventiva justificada por el delito antes mencionado.
“Se advierte violación a las formalidades del procedimiento en la etapa inicial de investigación, ya que el juez de control responsable aún cuando tiene facultades para asignar a los hechos materia de la formulación de la imputación una clasificación legal diferente a la propuesta por el ministerio público no observó lo dispuesto por el artículo 316 penúltimo párrafo del del Código Nacional de Procedimientos Penales al no haber respetado el derecho de defensa del imputado de alegar lo que a sus intereses conviniera sobre la reclasificación de los hechos con apariencia del delito de fraude específico y de la querella que dicho ilícito requiere para su persecución”, señaló la magistrada ponente Antonia Herlinda Velasco Villavicencio.
En septiembre de 2020, un juez de control del Centro de Justicia Penal, con sede en Reclusorio Norte, determinó vincular a proceso a Collado Mocelo, quien se encuentra vinculado a proceso también por el delito de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En ese entonces, durante la audiencia se reclasificaron los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) imputaba a Collado, ya que solicitó que se procesara por tráfico de influencias y contra la administración de la justicia, pero su defensa legal insistió en que su cliente fue acusado sólo por fraude.
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