La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los partidos políticos tendrán libertad de postular a legisladores federales para la reelección, incluso si han sido acusados de violencia política de género o están inscritos en el registro de violentadores contra mujeres del Instituto Nacional Electoral (INE).
La mayoría de los magistrados respaldó esta medida, argumentando que es más importante una sentencia que prohíba la candidatura que el mero registro en sí.
De acuerdo con el presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, la lista del INE no debe tener más implicaciones que las dictadas por una autoridad competente en casos de violencia política de género.
Por lo tanto, considera que la obligación de los partidos de revisar este registro es innecesaria y debería eliminarse.
La decisión fue criticada por la única mujer en la sesión, Mónica Soto, quien votó en contra de eliminar la recomendación del INE.
“Me parece que eso sumaría a la neutralización de la violencia hacia las mujeres y que se pensara dos veces en las consecuencias políticas de violentar políticamente a las mujeres, o en el ámbito doméstico o privado”, señaló.
A pesar de esta modificación en los lineamientos, la sentencia de la Sala Superior confirmó el resto de las disposiciones establecidas en los Lineamientos sobre Elección Consecutiva para Senadurías y Diputaciones Federales aprobados por el INE en septiembre pasado.
En última instancia, la decisión deja en manos de los partidos políticos la elección de postular o no a candidatos acusados de violencia política de género, basándose en sus consideraciones políticas y estratégicas.
Por su parte, el magistrado José Luis Vargas emitió un voto concurrente para modificar la redacción de ciertas disposiciones y especificar cuáles resoluciones deben considerarse al evaluar la idoneidad de los candidatos en estos casos.
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