La diputada Margarita García García propuso reformar el artículo 29 de la Carta Magna, para prohibir a cualquier autoridad de la federación, entidad federativa, municipal o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México decrete toque de queda, debido a que esta figura no está reconocida en la ley y, por lo tanto, su implementación resulta inconstitucional.
La integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT) recordó que durante los primeros meses de la emergencia sanitaria derivada por la Covid-19, algunos gobiernos municipales decretaron toques de queda, en ciertos casos con pleno desconocimiento de la ley, pero en otras situaciones con un franco abuso de autoridad.
“Debemos recordar que desde los inicios de la contingencia sanitaria, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, fue claro en que su gobierno no llevaría a cabo ninguna medida que implicara una restricción a los derechos de las personas; no obstante, algunos gobiernos estatales y municipales decretaron medidas que constituyen claras limitaciones a los derechos de las personas”, resaltó.
La parlamentaria por Oaxaca agregó que los toques de queda se han implementado a consecuencia de la contingencia sanitaria y, también, en situaciones de violencia e inseguridad que, a pesar de su gravedad, resultan insuficientes como argumento para convalidar la limitación de derechos de las personas.
Detalló que ante estas medidas adoptadas por gobiernos estatales y municipales se debe ser claro y suscribir en la Carta Magna que los toques de queda son inconstitucionales.
“La presente iniciativa propone establecer, mediante la adición de un sexto párrafo al artículo 29, la prohibición expresa de los toques de queda o de cualquier otra figura análoga que implique suspensión o restricción de derechos en contravención a la propia Constitución”, abundó.
Finalmente, la petista señaló que en la modificación también se incluye que cualquier autoridad de la federación, las entidades federativas, los municipios o las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que decrete un toque de queda, será sujeta a las sanciones que determina el título cuarto de la propia Constitución.
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