La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en Aguascalientes, además de ordenar al Congreso Estatal que se deroguen los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal que lo castiga.
Esto gracias a un amparo presentado por las organizaciones civiles CECADEC, TERFU AC, Cultivando Género AC, Morras Help Morras y GIRE para que todas las mujeres y personas gestantes tengan acceso a abortos sin que sean criminalizadas.
A través de un comunicado, GIRE precisó que fue en 2022 cuando presentaron el recurso contra la regulación del delito de aborto en Aguascalientes.
El proyecto fue elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá en el que propuso dejar de aplicar los artículos del Código Penal que regulan el delito de aborto autoprocurado y consentido, así como eliminar las barreras para el acceso al aborto por riesgo a la vida y por violación.
“El delito de aborto autoprocurado y consentido dejará de ser aplicable en todo el estado, con lo que a ninguna mujer, persona con capacidad de gestar ni al personal de salud se le puede criminalizar por ello”, determinó.
Con la decisión del máximo tribunal, Aguascalientes se convierte en la entidad número 12 en despenalizar el aborto, de modo que el Estado estará obligado a prestar este servicio de salud.
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